Su abogado con experiencia en derecho penal en Nuremberg.
Su abogado con experiencia en derecho penal en Nuremberg.
Tras cometer una infracción penal, los afectados se enfrentan a multitud de problemas. El procesamiento no solo puede acarrear multas o suspensiones de condena, sino también enormes consecuencias sociales y profesionales.
Como abogados especializados en derecho penal, representamos los derechos e intereses de nuestros clientes y los defendemos frente a la policía, la fiscalía y los tribunales penales, ofreciendo una asistencia rápida y una defensa coherente en todos los ámbitos del derecho penal en caso de urgencia. Ya se trate de detenciones, registros, diligencias previas o imputaciones: le ofrecemos un asesoramiento integral.
Estamos a su lado en los procedimientos penales
Si se presentan cargos contra usted, le defenderemos en el juicio o, si es necesario, recurriremos una sentencia, como un recurso de casación o una apelación. Para nosotros es esencial ofrecer una defensa integral bien coordinada con el cliente y centrada en un resultado que se adapte a su situación individual, teniendo en cuenta todos los criterios pertinentes.
Nuestros abogados penalistas en Núremberg tramitarán sus solicitudes
Durante la ejecución de su condena, nuestro bufete de abogados en Nuremberg se ocupará de todas las solicitudes ante la fiscalía o las cámaras de ejecución relativas al aplazamiento de la condena, la libertad condicional, la suspensión del resto de la condena en libertad condicional y la finalización de los decomisos, etc. También presentamos recursos ante los tribunales superiores si sus solicitudes son rechazadas. Póngase inmediatamente en contacto con un abogado especializado en derecho penal en Núremberg.
No tiene que declarar ni comparecer ante la policía ni como acusado ni como testigo en una investigación preliminar. Es aconsejable no hacer ninguna declaración al respecto sin la asistencia de un abogado defensor experimentado. Según el artículo 137 del StPO, el acusado tiene derecho a llamar a un abogado defensor en cualquier momento.
Si tiene que comparecer para ser interrogado por el fiscal o el juez de instrucción, puede ser obligado a comparecer si no acude a la fecha prevista para el interrogatorio, por lo que debe comparecer. No obstante, también puede ejercer su derecho a guardar silencio en este caso y debe consultar a un abogado especializado en derecho penal.
Como acusado, puede hacer uso de su derecho a negarse a declarar de conformidad con el artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Este artículo establece que la decisión de negarse a declarar ante las autoridades investigadoras, como la policía, es responsabilidad exclusiva del acusado. Sólo tiene que responder con veracidad a la información sobre sí mismo. Nadie está obligado a autoinculparse. No pueden extraerse conclusiones desfavorables de la mera negativa a declarar.
La mejor manera de saber si es aconsejable hacer uso de su derecho a negarse a declarar es consultar a un abogado penalista. Hasta entonces, no debe incriminarse.
No está obligado a hacerlo, pero en la mayoría de los casos es recomendable. Para el acusado, ser citado para ser interrogado por la policía y ser acusado de un delito penal es a menudo un estado de emergencia absoluto. En la mayoría de los casos, no son plenamente conscientes de sus derechos y no saben cómo actuar en su favor. Un abogado especializado en derecho penal puede prestarle ayuda en este caso. Conocen la jurisprudencia y el procedimiento y saben cómo proceder correctamente.
También sucede rápidamente que los acusados sienten la necesidad de decir algo en su defensa. Sin embargo, esas declaraciones y ese comportamiento suelen interpretarse en perjuicio del acusado. Antes de hacer declaraciones precipitadas en una situación así, debe consultar a un abogado especializado en derecho penal. Tras una descripción detallada de los hechos del caso, podrán aconsejarle sobre si debe hacer uso de su derecho a negarse a declarar.
Además, sólo un abogado defensor puede solicitar acceso a los expedientes de la investigación. Esto les permite obtener información completa sobre el estado de la investigación y elaborar una estrategia de defensa.
Si hay una fuerte sospecha de delito, la fiscalía solicita al juez de instrucción competente una orden de detención. Una fuerte sospecha indica que es muy probable que el acusado sea autor o partícipe de un delito. Si además existe un motivo para la detención, el acusado es puesto en prisión preventiva .
Según el artículo 112 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los motivos de detención pueden ser la fuga, el riesgo de fuga, el riesgo de ocultación o el riesgo de reiteración. Las diferencias entre los motivos de detención confieren a la prisión preventiva diferentes finalidades. En el caso de fuga y riesgo de fuga, se pretende evitar que el acusado eluda el proceso. En cambio, si existe riesgo de ocultación, tiene por objeto proteger contra el deterioro de las pruebas. Si existe riesgo de reincidencia, se trata de prevenir nuevos delitos. Por lo tanto, la detención preventiva puede tener varios motivos de detención al mismo tiempo.
La detención preventiva sirve para asegurar las diligencias preliminares. No es un castigo anticipado. Por lo tanto, la duración máxima básica de la detención preventiva es de seis meses. La detención puede ampliarse hasta un máximo de 12 meses si la especial dificultad o el alcance de la investigación hacen que aún no sea posible dictar sentencia, o si el motivo para ordenar la detención preventiva es el riesgo de reincidencia. La orden de detención debe anularse si no se cumplen (o han dejado de cumplirse) las condiciones para la detención preventiva o si la detención es desproporcionada. Le aconsejamos encarecidamente que consulte a un abogado especializado en Derecho penal.
Junto con las multas , la prisión es una de las dos principales penas del Derecho penal. Puede dividirse en dos formas: La pena cumplida y la cadena perpetua.
La cadena perpetua está prevista para casos de delitos especialmente graves. Se impone como pena máxima si el Código Penal lo prevé, como en el caso de asesinato (artículo 211 del Código Penal). Si se impone la cadena perpetua, el condenado puede solicitar la libertad condicional por primera vez después de 15 años como mínimo.
La pena de prisión de duración determinada, de conformidad con el artículo 38 del StGB, se aplica a todos los delitos para los que la ley no prevé la cadena perpetua. La pena mínima de privación de libertad es de un mes y la máxima de 15 años. Las penas de prisión inferiores a seis meses sólo pueden imponerse si es indispensable debido a las circunstancias especiales del delito o a la personalidad del delincuente (Sección 47 (2) frase 1 StGB). De lo contrario, en estos casos se imponen multas. Según el Código Penal, cada delito tiene una escala de penas, en la que el legislador establece la pena mínima y máxima adecuada para cada delito. Por ejemplo, en el caso de un fraude grave según el artículo 263 del Código Penal alemán, la ley prevé una pena de prisión de entre seis meses y diez años. Nuestros abogados penalistas en Núremberg le asesorarán detalladamente.
El propósito de una consulta inicial es obtener una evaluación básica de una situación vital. Una consulta inicial es siempre oral y no incluye un examen más detallado de documentos ni una declaración y evaluación por escrito.
Por supuesto, es posible que nuestro bufete elabore dictámenes jurídicos o declaraciones escritas sobre listas de cuestiones o hechos. Sin embargo, para ello es aconsejable celebrar acuerdos individuales, que se remuneran a tanto alzado o por hora en función del trabajo de que se trate. Dichos honorarios se explican y ofrecen en una consulta inicial con un abogado.
Por cierto: Si contrata a nuestro bufete, los honorarios de la consulta inicial siempre se le abonarán íntegramente.
Temas del proceso penal
El asesoramiento sobre sus derechos por parte de nuestros experimentados abogados penalistas al comienzo de una investigación sienta las bases para una defensa exitosa.
Temas de Derecho penal: delitos
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Recursos en materia penal - recurso de casación y revisión
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