Si se enfrenta a una pena privativa de libertad en el transcurso de un procedimiento penal, nuestros experimentados abogados penalistas le asesorarán y utilizarán todos los medios legales a su alcance para garantizar que la pena sea lo más leve posible o, en el mejor de los casos, que se suspenda en libertad condicional.
La pena privativa de libertad puede dividirse en dos formas: tiempo cumplido y cadena perpetua.
La cadena perpetua está prevista para los casos de delitos especialmente graves. Es la pena máxima y sólo se impone si la ley penal lo prevé, por ejemplo en caso de asesinato (artículo 211 del Código Penal alemán). En caso de cadena perpetua, el condenado puede solicitar la libertad condicional por primera vez al cabo de 15 años.
La pena de prisión de duración determinada, en cambio, está regulada en el artículo 38 del StGB y se aplica a todos los delitos para los que la ley no prevé la cadena perpetua. La pena privativa de libertad no puede exceder de 15 años, de conformidad con el artículo 38, apartado 2, frase 1, del StGB. Las penas de prisión inferiores a seis meses sólo pueden imponerse si es indispensable debido a las circunstancias especiales del delito o debido a la personalidad del delincuente (Sección 47 (2) media frase 1 StGB) - en este caso, se imponen multas. Las penas privativas de libertad inferiores a un mes no están permitidas, se prevén excepciones en el derecho penal de menores.
Asesoramos y representamos a particulares en procedimientos preliminares y penales en todas las instancias. Benefíciese de nuestra dilatada experiencia y de nuestra cualificación como abogados especializados en derecho penal en Núremberg.